En esta sentencia, el Tribunal Supremo confirma su doctrina sobre la inexistencia del derecho de las concesionarias al equilibrio económico del contrato por la disminución del tráfico ocasionada por la crisis económica, sin entrar a valorar el argumento de la recurrente de que el propio legislador lo había reconocido así al arbitrar las medidas previstas por la disposición adicional 41.ª de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2010 y la disposición adicional 8.ª de la Ley 43/2010.La Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de mayo del 2016 (n.º de rec. 2/451/2012, ponente: Excmo. Sr. D. Jorge Rodríguez Zapata) desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la empresa Henarsa, en concurso voluntario, contra la desestimación de su solicitud de restablecimiento económico-financiero de la concesión de autopistas de la que es titular (concesión para la construcción, conservación y explotación de la autopista R-2, de Madrid a Guadalajara, y de un subtramo de la circunvalación a Madrid M-50)…