El Decreto Ley 3/2011, por el que se aprueban medidas urgentes sobre prestación farmacéutica en Andalucía (Decreto Ley en adelante), modificó la Ley de Farmacia de esta Comunidad Autónoma para, entre otros aspectos, introducir lo que su exposición de motivos define como un sistema de convocatorias públicas, respetando los principios de libre competencia y transparencia con el objeto de seleccionar una lista de medicamentos a dispensar por las oficinas de farmacia de Andalucía cuando sean prescritos por principio activo en las recetas médicas u órdenes de dispensación oficiales del Sistema Nacional de Salud.
El único criterio para la selección de los medicamentos es el de la mejora del precio que ofrezca el laboratorio y por ello al sistema se le conoce como subasta de medicamentos- pues, como establece el Decreto Ley, para cada principio o principio activos, se seleccionará el medicamento cuya propuesta represente para el Servicio Andaluz de salud el menor coste final de la prescripción correspondiente de entre los propuestos.