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NOTICIA
Almudena Arpón de Mendívil vicepresidenta de la IBA en los premios Aptissimi de ESADE
La International Bar Association (IBA) ha recibido el premio Aptissimi 2021 por su contribución al sector legal y a la sociedad. Organizado por el Club de Derecho de ESADE Alumni, el galardón reconoce la excelente contribución de organizaciones y personas al desarrollo o a las innovaciones en el derecho empresarial, así como su impacto positivo en la sociedad.
Patricia Valenti, directora de Esade Alumni, ha señalado: «Entre los numerosos méritos de la IBA, el jurado ha valorado especialmente su protagonismo en el desarrollo global de la profesión y sus valores desde su fundación hace más de 70 años, destacando la promoción de los derechos humanos, el Estado de Derecho y la administración de justicia. La IBA es un punto de referencia mundial para la abogacía y contribuye notablemente a la formación de la profesión. La IBA es la asociación mundial más importante de abogados internacionales y ha demostrado ser un foro incomparable de encuentro y debate para los profesionales del derecho, con un gran impacto social más allá del sentido estrictamente jurídico».
En su 13ª edición, los premios Aptissimi -que en latín significa «los más aptos»- se instituyeron para reconocer la ética y el esfuerzo individual o institucional que se alinea con los valores fundamentales de la escuela global de negocios y derecho ESADE: integridad, sensibilidad, diversidad, contribución al bien común y trabajo por una sociedad más justa y sostenible.
Las reacciones de la IBA al recibir el Premio Aptissimi a la Contribución al Sector Jurídico y a la Sociedad incluyen:
El presidente de la IBA, Sternford Moyo, Senior Partnery Presidente de la firma Scanlen & Holderness en Zimbabue, señaló: «Los premios Aptissimi constituyen desde hace tiempo un indicador de excelencia. Es un gran honor para la International Bar Association recibir el reconocimiento de un actor tan importante en el ámbito de la formación jurídica como ESADE. Estamos orgullosos de ser líderes en el desarrollo global de la profesión jurídica, y de jugar un papel en su formación para el bien de la sociedad».
Almudena Arpón de Mendívil, vicepresidenta de la IBA y socia de Gómez-Acebo & Pombo en
Madrid, señaló: «Este premio es un gran honor para la International Bar Association, así como para el sector jurídico en su conjunto. La IBA se formó con la convicción de que podía, y debía, contribuir a la estabilidad, a la paz mundial, al progreso y, en definitiva, a la promoción y protección del Estado de Derecho. Desde su fundación, y gracias al trabajo de tantos voluntarios en todo el mundo y de un gran equipo ejecutivo, la IBA contribuye al desarrollo de un sector jurídico sólido en el que los profesionales del derecho de los negocios y ESADE, como líder en la formación jurídica en España, desempeñan un papel principal».
El Director Ejecutivo de la IBA, Dr. Mark Ellis, afirmó: «Al otorgar este premio a la International Bar Association, el jurado ha reconocido la contribución clave de la IBA al desarrollo global de la profesión jurídica, así como su enfoque en la promoción de los derechos humanos, el estado de derecho y el acceso a la justicia. Supone un gran orgullo que se nos reconozca por los avances que hemos realizado en estos ámbitos».
La ceremonia de entrega tuvo lugar el jueves 7 de octubre de 2021 en Barcelona, España. Almudena Arpón de Mendívil recogió el premio en nombre de la organización.
Ver noticia en CincoDías
Patricia Valenti, directora de Esade Alumni, ha señalado: «Entre los numerosos méritos de la IBA, el jurado ha valorado especialmente su protagonismo en el desarrollo global de la profesión y sus valores desde su fundación hace más de 70 años, destacando la promoción de los derechos humanos, el Estado de Derecho y la administración de justicia. La IBA es un punto de referencia mundial para la abogacía y contribuye notablemente a la formación de la profesión. La IBA es la asociación mundial más importante de abogados internacionales y ha demostrado ser un foro incomparable de encuentro y debate para los profesionales del derecho, con un gran impacto social más allá del sentido estrictamente jurídico».
En su 13ª edición, los premios Aptissimi -que en latín significa «los más aptos»- se instituyeron para reconocer la ética y el esfuerzo individual o institucional que se alinea con los valores fundamentales de la escuela global de negocios y derecho ESADE: integridad, sensibilidad, diversidad, contribución al bien común y trabajo por una sociedad más justa y sostenible.
Las reacciones de la IBA al recibir el Premio Aptissimi a la Contribución al Sector Jurídico y a la Sociedad incluyen:
El presidente de la IBA, Sternford Moyo, Senior Partnery Presidente de la firma Scanlen & Holderness en Zimbabue, señaló: «Los premios Aptissimi constituyen desde hace tiempo un indicador de excelencia. Es un gran honor para la International Bar Association recibir el reconocimiento de un actor tan importante en el ámbito de la formación jurídica como ESADE. Estamos orgullosos de ser líderes en el desarrollo global de la profesión jurídica, y de jugar un papel en su formación para el bien de la sociedad».
Almudena Arpón de Mendívil, vicepresidenta de la IBA y socia de Gómez-Acebo & Pombo en
Madrid, señaló: «Este premio es un gran honor para la International Bar Association, así como para el sector jurídico en su conjunto. La IBA se formó con la convicción de que podía, y debía, contribuir a la estabilidad, a la paz mundial, al progreso y, en definitiva, a la promoción y protección del Estado de Derecho. Desde su fundación, y gracias al trabajo de tantos voluntarios en todo el mundo y de un gran equipo ejecutivo, la IBA contribuye al desarrollo de un sector jurídico sólido en el que los profesionales del derecho de los negocios y ESADE, como líder en la formación jurídica en España, desempeñan un papel principal».
El Director Ejecutivo de la IBA, Dr. Mark Ellis, afirmó: «Al otorgar este premio a la International Bar Association, el jurado ha reconocido la contribución clave de la IBA al desarrollo global de la profesión jurídica, así como su enfoque en la promoción de los derechos humanos, el estado de derecho y el acceso a la justicia. Supone un gran orgullo que se nos reconozca por los avances que hemos realizado en estos ámbitos».
La ceremonia de entrega tuvo lugar el jueves 7 de octubre de 2021 en Barcelona, España. Almudena Arpón de Mendívil recogió el premio en nombre de la organización.
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Movilidad geográfica para quien adquiere un compromiso de permanencia o se halla en incapacidad temporal
Existente un pacto de permanencia en el puesto de trabajo y publicada una convocatoria de movilidad geográfica, se reconoce el derecho a participar en el concurso de movilidad, pero con la condición de diferir la toma de posesión a la finalización del periodo de permanencia.
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Exención de empresa familiar en el Impuesto sobre el Patrimonio: partícipes en un partnership sin personalidad jurídica que a su vez participa en una sociedad operativa
La Dirección General de Tributos analiza cuál de las exenciones previstas para la empresa familiar en el artículo 4.Ocho de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio se aplicaría en el caso de que una persona física participe en una entidad sin personalidad jurídica —en este caso un partnership belga— que, a su vez, invierte en participaciones de una sociedad operativa. Esto es, si resulta aplicable el apartado Uno del citado precepto -relativo a las empresas y negocios individuales-, por el contrario, su apartado Dos -aplicable en casos de participaciones en entidades con personalidad jurídica-.
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Competencia territorial para conocer de una demanda de juicio verbal en la que el Consorcio de Compensación de Seguros ejercita la acción de repetición
La acción de repetición no tiene encaje en el fuero territorial especial imperativo del artículo 52.1.9.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil (tribunal del lugar en que se causaron los daños), que está previsto únicamente para dirimir las acciones de responsabilidad civil contra el responsable del siniestro, en reclamación de los daños y perjuicios causados por el mismo, pero no es aplicable a las acciones de repetición
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Mutualista «versus» asegurado en el régimen mutual de la abogacía
La condición de mutualista sujeto al principio colegial democrático se impone a la condición de asegurado y a la aplicación del régimen contractual de cláusulas limitativas
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Contratos del Sector Público N.º 186
La contratación pública española adolece de una anomalía constante, consistente en la prestación de servicios con posterioridad a la extinción del contrato por el transcurso de su plazo de duración. Esta patología, presente en todos los niveles territoriales de la Administración Pública, da lugar a situaciones en las que el contratista continúa prestando los servicios a solicitud de la Administración, si bien fuera de los márgenes contractuales pactados. Una de las principales dificultades que plantean estas situaciones es la relativa a la naturaleza de los pagos que deben realizarse para la remuneración de los servicios prestados – indemnizatoria versus contractual – y la concerniente a la determinación del dies a quo para el cómputo de los intereses moratorios. La reciente Sentencia del Tribunal Supremo 1200/2025, de 29 de septiembre de 2025, sienta los criterios que deben regir este tipo de situaciones anómalas.
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Análisis de la deducibilidad de los gastos asociados a provisiones por despidos: especial referencia a la imposibilidad de deducción en supuestos de previsiones de despidos futuros
La Dirección General de Tributos determina cuál es el ejercicio en el que una empresa debe deducirse la provisión por despido improcedente cuando, tras entregarse en un ejercicio al trabajador la carta de despido registrándose la provisión correspondiente, el trabajador lo impugna alcanzándose un acuerdo en el acto de conciliación en el ejercicio siguiente, en el que también se efectúa el pago. La Audiencia Nacional concreta, por su parte, que no cabe deducir una dotación por contingencias laborales creada para cubrir posibles indemnizaciones futuras por despido improcedente.
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Faltas de asistencia al trabajo como causa de despido ¿en el mes natural o de fecha a fecha?
Ante la ausencia de indicación, el período de un mes en el que se cometan las faltas susceptibles de una sanción muy grave como es el despido, deberá computarse de fecha a fecha y no por mes natural, descartando la aplicación del principio por operario por inútil e indebido en tal caso
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29 Jan, 2026
¿Cómo afecta a las aseguradoras la ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela?
La Ley 10/2025 modifica la Ley 44/2002 y obliga a actualizar el reglamento del servicio de atención a la clientela. Entra en vigor el 28/12/2025, con doce meses de adaptación. Refuerza la accesibilidad y la atención personalizada; prohíbe contestadores y desvíos desde números gratuitos a líneas de pago. Exige separar el servicio de atención a la clientela de funciones comerciales y de la formación especializada del personal, incluida la atención a los colectivos vulnerables. Además, amplía la información al cliente, prohíbe reclamar por teléfono y permite lenguas cooficiales. Asimismo, establece acuse con clave identificativa y nuevas inadmisiones; fija el plazo de un mes para resolver las reclamaciones en el servicio de atención a la clientela y de noventa días ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y precisa los requisitos de admisión.
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29 Jan, 2026
El Tribunal Supremo establece criterios adicionales para delimitar el alcance del derecho a no autoincriminarse en el procedimiento sancionador tributario
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