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Venta de activos esenciales sin autorización de la junta y oponibilidad a terceros de dicha infracción (STS 881/2026, de 9 de junio)
El Tribunal Supremo (Sentencia 881/2026, de 9 de junio) ha considerado aplicable analógicamente el artículo 234.2 de la Ley de Sociedades de Capital en un caso en el que el administrador social dispuso de activos esenciales de la compañía sin contar con la preceptiva autorización de la junta general (art. 160 f LSC).
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Autor/es
Alberto Díaz – Consejero Académico
Tipología
Análisis