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PUBLICACIÓN
Sobre la exclusión de los “instrumentos financieros” de la regla de protección de los consumidores a efectos de la ley aplicable
A efectos del artículo 6 del Reglamento Roma I, las estipulaciones de un contrato que definen las condiciones en las que un profesional recibe o ejecuta una orden relativa a un contrato financiero por diferencia (CFD) no se integran en la excepción de su artículo 6.4d.
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Autor/es
Elisa Torralba – Consejera Académica
Tipología
Análisis