La naturaleza sancionadora de la responsabilidad tributaria y la garantía del non bis in idem en su vertiente procedimental
Para el Tribunal Económico-Administrativo Central, la adopción de un nuevo acuerdo de declaración de responsabilidad ex artículo 43.1a de la Ley General Tributaria tras la anulación de otro anterior con idéntico fundamento, objeto y sujeto quebranta el principio non bis in idem en su vertiente procedimental.
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Rocío Arias – Counsel
Adrián Boix – Asociado Sénior
Remedios García – Counsel
Saturnina Moreno – Consejera Académica
Litigación Tributaria