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PUBLICACIÓN
Cese judicial por administrar una sociedad (STS, Sala Primera, de 5 de noviembre del 2025)
Contra lo señalado por el Tribunal Supremo, la asunción de funciones de administración en una sociedad participada para la defensa del interés de la sociedad titular de la participación no genera infracción de la prohibición de competencia ni conflicto estructural ni ocasional de intereses. El conflicto se dará en la sociedad participada.
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Autor/es
Fernando Marín de la Bárcena – Consejero Académico
Tipología
Análisis