Aportación por parte de la Administración en vía contencioso-administrativa de documentos que debieron haber formado parte del expediente administrativo
El Tribunal Supremo reitera su doctrina previa y refuerza la obligación de la Administración de remitir al órgano de revisión económico-administrativa el expediente administrativo de forma completa y dentro del plazo legalmente establecido, garantizando así el ejercicio adecuado del derecho de defensa de los obligados tributarios.
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Rocío Arias – Counsel
Adrián Boix – Asociado Sénior
Remedios García – Counsel
Saturnina Moreno – Consejera Académica
Litigación Tributaria