Volver a Actualidad
NOTICIA
Gómez-Acebo & Pombo es reconocido en los Global Pro Bono Awards 2021
En el día de ayer tuvo lugar la ceremonia de entrega de premios de los Global Pro Bono Awards en la que, los dos proyectos presentados por nuestra Fundación, Online Gender-Based Violence y Primero H Socimi, fueron reconocidos en los prestigiosos reconocimientos de PILnet, (Public Interest Law Network), organización global de referencia en el impulso del pro bono jurídico. Estos premios reconocen proyectos de todo el mundo en los que participan despachos internacionales de primer nivel.
El proyecto Online Gender-Based Violence ha sido premiado como el mejor proyecto en la categoría Local Pro Bono Impact y se convierte, así, en el primer proyecto pro bono español en obtener este galardón.
Mediante este proyecto, la Fundación junto al Despacho, la Fundación Luz Casanova y la Universidad Carlos III de Madrid, quieren contribuir a mejorar el conocimiento y asistencia legal en la violencia de género por medios digitales en la adolescencia. Para ello, se ha creado una Guía práctica jurídica y un folleto informativo para adolescentes que presentaremos el próximo día 23 de noviembre en el Despacho.
El equipo del proyecto ha estado formado por Patricia Fita, Ana Higuera, Alejandra Martín, Marina Martín, Rafael Merino y Carmen Pombo (por la Fundación) y Carlos Álvarez, María Rosa Garrosa, Teresa Gutiérrez, Inés Fontes, Saray López, Inés Molina, María Flora Morillo-Velarde, Borja Ramos, Marta Robador, Inés Puig-Semper, Irene San Martín, Ralph Smith y Beatriz Vivar (por el Despacho).

Por su parte, el proyecto Primero H Socimi, que ha quedado shortlisted, constituye un gran proyecto de colaboración pro bono para la constitución de la primera SOCIMI social en España, creada por ASOCIMI y HogarSÍ, con el apoyo de Andersen, nuestro Despacho y nuestra Fundación.
El objetivo es desarrollar 177 viviendas en tres años, principalmente para personas sin hogar.
En esta ocasión, el equipo ha estado formado por Patricia Fita, Ana Higuera, Marina Martín, Rafael Merino y Carmen Pombo (por la Fundación) y Enrique Isla, Oliver Padilla, Jacobo Palanca, Augusto Piñel y Javier Vinuesa (por el Despacho).

Estos premios, que gozan de gran reconocimiento a nivel mundial, son todo un referente en la práctica del pro bono, por lo que este galardón supone, para la Firma y la Fundación, un honor del que estar muy orgullosos.
Muchas gracias a todos por vuestro compromiso y colaboración en estas iniciativas tan necesarias para el progreso social.
¡ENHORABUENA!
El proyecto Online Gender-Based Violence ha sido premiado como el mejor proyecto en la categoría Local Pro Bono Impact y se convierte, así, en el primer proyecto pro bono español en obtener este galardón.
Mediante este proyecto, la Fundación junto al Despacho, la Fundación Luz Casanova y la Universidad Carlos III de Madrid, quieren contribuir a mejorar el conocimiento y asistencia legal en la violencia de género por medios digitales en la adolescencia. Para ello, se ha creado una Guía práctica jurídica y un folleto informativo para adolescentes que presentaremos el próximo día 23 de noviembre en el Despacho.
El equipo del proyecto ha estado formado por Patricia Fita, Ana Higuera, Alejandra Martín, Marina Martín, Rafael Merino y Carmen Pombo (por la Fundación) y Carlos Álvarez, María Rosa Garrosa, Teresa Gutiérrez, Inés Fontes, Saray López, Inés Molina, María Flora Morillo-Velarde, Borja Ramos, Marta Robador, Inés Puig-Semper, Irene San Martín, Ralph Smith y Beatriz Vivar (por el Despacho).

Por su parte, el proyecto Primero H Socimi, que ha quedado shortlisted, constituye un gran proyecto de colaboración pro bono para la constitución de la primera SOCIMI social en España, creada por ASOCIMI y HogarSÍ, con el apoyo de Andersen, nuestro Despacho y nuestra Fundación.
El objetivo es desarrollar 177 viviendas en tres años, principalmente para personas sin hogar.
En esta ocasión, el equipo ha estado formado por Patricia Fita, Ana Higuera, Marina Martín, Rafael Merino y Carmen Pombo (por la Fundación) y Enrique Isla, Oliver Padilla, Jacobo Palanca, Augusto Piñel y Javier Vinuesa (por el Despacho).

Estos premios, que gozan de gran reconocimiento a nivel mundial, son todo un referente en la práctica del pro bono, por lo que este galardón supone, para la Firma y la Fundación, un honor del que estar muy orgullosos.
Muchas gracias a todos por vuestro compromiso y colaboración en estas iniciativas tan necesarias para el progreso social.
¡ENHORABUENA!
Tipología
Reconocimiento
Contacto para prensa
Warning: Undefined array key 2 in /app/wp-content/plugins/wpml-media-translation/classes/class-wpml-media-attachment-by-url-query.php on line 99
Warning: Undefined array key 2 in /app/wp-content/plugins/wpml-media-translation/classes/class-wpml-media-attachment-by-url-query.php on line 163
Warning: Undefined array key 11 in /app/wp-content/plugins/wpml-media-translation/classes/class-wpml-media-attachment-by-url-query.php on line 163
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
PUBLICACIÓN
Hace 4 días
Movilidad geográfica para quien adquiere un compromiso de permanencia o se halla en incapacidad temporal
Existente un pacto de permanencia en el puesto de trabajo y publicada una convocatoria de movilidad geográfica, se reconoce el derecho a participar en el concurso de movilidad, pero con la condición de diferir la toma de posesión a la finalización del periodo de permanencia.
PUBLICACIÓN
Hace 4 días
Exención de empresa familiar en el Impuesto sobre el Patrimonio: partícipes en un partnership sin personalidad jurídica que a su vez participa en una sociedad operativa
La Dirección General de Tributos analiza cuál de las exenciones previstas para la empresa familiar en el artículo 4.Ocho de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio se aplicaría en el caso de que una persona física participe en una entidad sin personalidad jurídica —en este caso un partnership belga— que, a su vez, invierte en participaciones de una sociedad operativa. Esto es, si resulta aplicable el apartado Uno del citado precepto -relativo a las empresas y negocios individuales-, por el contrario, su apartado Dos -aplicable en casos de participaciones en entidades con personalidad jurídica-.
PUBLICACIÓN
Hace 4 días
Competencia territorial para conocer de una demanda de juicio verbal en la que el Consorcio de Compensación de Seguros ejercita la acción de repetición
La acción de repetición no tiene encaje en el fuero territorial especial imperativo del artículo 52.1.9.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil (tribunal del lugar en que se causaron los daños), que está previsto únicamente para dirimir las acciones de responsabilidad civil contra el responsable del siniestro, en reclamación de los daños y perjuicios causados por el mismo, pero no es aplicable a las acciones de repetición
PUBLICACIÓN
Hace 4 días
Mutualista «versus» asegurado en el régimen mutual de la abogacía
La condición de mutualista sujeto al principio colegial democrático se impone a la condición de asegurado y a la aplicación del régimen contractual de cláusulas limitativas
PUBLICACIÓN
Hace 1 semana
Contratos del Sector Público N.º 186
La contratación pública española adolece de una anomalía constante, consistente en la prestación de servicios con posterioridad a la extinción del contrato por el transcurso de su plazo de duración. Esta patología, presente en todos los niveles territoriales de la Administración Pública, da lugar a situaciones en las que el contratista continúa prestando los servicios a solicitud de la Administración, si bien fuera de los márgenes contractuales pactados. Una de las principales dificultades que plantean estas situaciones es la relativa a la naturaleza de los pagos que deben realizarse para la remuneración de los servicios prestados – indemnizatoria versus contractual – y la concerniente a la determinación del dies a quo para el cómputo de los intereses moratorios. La reciente Sentencia del Tribunal Supremo 1200/2025, de 29 de septiembre de 2025, sienta los criterios que deben regir este tipo de situaciones anómalas.
PUBLICACIÓN
Hace 1 semana
Análisis de la deducibilidad de los gastos asociados a provisiones por despidos: especial referencia a la imposibilidad de deducción en supuestos de previsiones de despidos futuros
La Dirección General de Tributos determina cuál es el ejercicio en el que una empresa debe deducirse la provisión por despido improcedente cuando, tras entregarse en un ejercicio al trabajador la carta de despido registrándose la provisión correspondiente, el trabajador lo impugna alcanzándose un acuerdo en el acto de conciliación en el ejercicio siguiente, en el que también se efectúa el pago. La Audiencia Nacional concreta, por su parte, que no cabe deducir una dotación por contingencias laborales creada para cubrir posibles indemnizaciones futuras por despido improcedente.
PUBLICACIÓN
Hace 1 semana
Faltas de asistencia al trabajo como causa de despido ¿en el mes natural o de fecha a fecha?
Ante la ausencia de indicación, el período de un mes en el que se cometan las faltas susceptibles de una sanción muy grave como es el despido, deberá computarse de fecha a fecha y no por mes natural, descartando la aplicación del principio por operario por inútil e indebido en tal caso
PUBLICACIÓN
Hace 1 semana
¿Cómo afecta a las aseguradoras la ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela?
La Ley 10/2025 modifica la Ley 44/2002 y obliga a actualizar el reglamento del servicio de atención a la clientela. Entra en vigor el 28/12/2025, con doce meses de adaptación. Refuerza la accesibilidad y la atención personalizada; prohíbe contestadores y desvíos desde números gratuitos a líneas de pago. Exige separar el servicio de atención a la clientela de funciones comerciales y de la formación especializada del personal, incluida la atención a los colectivos vulnerables. Además, amplía la información al cliente, prohíbe reclamar por teléfono y permite lenguas cooficiales. Asimismo, establece acuse con clave identificativa y nuevas inadmisiones; fija el plazo de un mes para resolver las reclamaciones en el servicio de atención a la clientela y de noventa días ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y precisa los requisitos de admisión.
Litigación Tributaria
29 Jan, 2026
El Tribunal Supremo establece criterios adicionales para delimitar el alcance del derecho a no autoincriminarse en el procedimiento sancionador tributario
Para el Tribunal Supremo, el derecho a la no autoincriminación se extiende únicamente al proceso sancionador, sin operar en los procedimientos de aplicación de los tributos. Este derecho comprende tanto el derecho a no responder a preguntas de las que se infiera directamente la comisión de la infracción como a no aportar documentos o pruebas que puedan resultar perjudiciales para la defensa de aquel a quien se imputa la realización de una conducta sancionable, siempre que la aportación de tales documentos o pruebas tengan una existencia que pueda calificarse de dependiente de la voluntad del obligado tributario.