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NOTICIA
GA_P asesora a los accionistas de Ratedpower en su venta a Enverus
Gómez-Acebo & Pombo ha asesorado a los accionistas de Ratedpower en la venta de la totalidad de su negocio a Enverus, tecnológica del terreno energético con sede en Texas. Con esta venta, la compañía estadounidense amplía su cartera de productos para la industria fotovoltaica.
Ratedpower es conocido por el desarrollo de un ‘software’ para diseñar plantas fotovoltaicas lo que simplifica y agiliza dicho proceso de forma radical. Es una de las ‘startups’ con más éxito en el sector energético y cuenta con clientes como Iberdrola, Naturgy o Endesa.
Han asesorado en la operación: David González, socio, Carolina Posse, Carolina Orri, asociadas de mercantil; Luis Cuesta, asociado de fiscal; Lourdes Escassi y Diego Rizo, asociados de laboral; y Bárbara Sainz de Vicuña y Mercedes Ferrer, asociadas de PI.
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Ratedpower es conocido por el desarrollo de un ‘software’ para diseñar plantas fotovoltaicas lo que simplifica y agiliza dicho proceso de forma radical. Es una de las ‘startups’ con más éxito en el sector energético y cuenta con clientes como Iberdrola, Naturgy o Endesa.
Han asesorado en la operación: David González, socio, Carolina Posse, Carolina Orri, asociadas de mercantil; Luis Cuesta, asociado de fiscal; Lourdes Escassi y Diego Rizo, asociados de laboral; y Bárbara Sainz de Vicuña y Mercedes Ferrer, asociadas de PI.
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Abogado mencionado
David González – Socio
Carolina Posse Van Der Laat – Asociada Sénior
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Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
PUBLICACIÓN
17 Sep, 2026
«Quien opta por esperar a que haya resolución expresa no puede verse perjudicado en su derecho» o de cómo el silencio administrativo en un apremio por deudas a la Seguridad Social puede ser recurrido una década después
La posibilidad de acudir ante la jurisdicción contencioso-administrativa para combatir el silencio de la Administración es un arma a disposición del afectado, no una carga que pese sobre él. Quien opta por esperar a que haya resolución expresa no puede verse perjudicado en su derecho.
Litigación Tributaria
17 Sep, 2026
Se impone la regularización íntegra en el IS en un caso de simulación socio (o administrador)-sociedad, aunque ello comporte la imposibilidad de regularizar el IRPF por el efecto de la prescripción
El Tribunal Supremo, sobre la base del principio de seguridad jurídica, establece que en los supuestos de regularización tributaria por simulación socio/administrador/sociedad, la prescripción de uno de los impuestos que se hayan de regularizar (en este caso, el impuesto sobre la renta de las personas físicas) no enerva la obligación de la Administración de ser coherente y de regularizar íntegramente la situación en el ámbito del impuesto sobre sociedades.
PUBLICACIÓN
14 Sep, 2026
Recurso de suplicación en un proceso en el que no cabe recurso, pero en el que éste sí se admite si se valora la inadecuación de procedimiento
En las modalidades procesales sin recurso de suplicación, la falta de recurso deriva de la necesaria sumariedad y preferencia ante una decisión empresarial unilateral que debe ser valorada formalmente, pero, si la controversia reviste mayor gravedad, el proceso adecuado es el ordinario, con recurso.
Litigación Tributaria
11 Sep, 2026
El Tribunal Supremo delimita cuándo es válido el hallazgo casual de documentación fiscal en un registro domiciliario
La doctrina fijada por el Tribunal Supremo delimita los requisitos para que la documentación obtenida durante un registro domiciliario autorizado judicialmente y referida a ejercicios fiscales distintos de los inicialmente investigados pueda considerarse lícitamente obtenida al amparo de la doctrina del hallazgo casual.
PUBLICACIÓN
10 Sep, 2026
Rendimientos del capital inmobiliario: deducibilidad de las primas de seguros de vida cuya suscripción influye en las condiciones del préstamo hipotecario que grava el inmueble arrendado
El Tribunal Económico Administrativo Central, en unificación de criterio, determina que el importe de las primas de seguros de vida cuya contratación está incluida en las condiciones del préstamo hipotecario que grava el inmueble arrendado y cuya suscripción determina una bonificación en el tipo de interés del préstamo tiene la consideración de gasto deducible para la determinación del rendimiento neto del capital inmobiliario.
PUBLICACIÓN
10 Sep, 2026
Funciones inferiores y dignidad del trabajador: no cumplir la ley o el convenio no siempre supone una conducta empresarial vejatoria
PUBLICACIÓN
10 Sep, 2026
La «principal fuente de renta» calculada atendiendo a los rendimientos íntegros, cuando los netos se determinan por métodos distintos
El Tribunal Supremo, a efectos de aplicar los beneficios de empresa familiar, dirime si un contribuyente que percibe tanto rendimientos de una actividad económica como rentas del trabajo, cuyo cálculo en términos netos se ha realizado con métodos diferentes -estimación objetiva y estimación directa, respectivamente-, puede atender a los rendimientos brutos o íntegros para calcular su «principal fuente de renta».
PUBLICACIÓN
10 Sep, 2026
Inembargabilidad de salario y pensión, también del ahorro derivado de su percepción
En una cuenta en la que se ingresen sueldos, salarios o pensiones, el saldo disponible a la fecha de un embargo, deducido el importe del último abono correspondiente, será también inembargable, al tener su origen en el abono de anteriores percepciones de la misma naturaleza, salvo prueba en contrario.
PUBLICACIÓN
09 Sep, 2026
El Tribunal Supremo se pronuncia sobre el alcance de la regularización del régimen FEAC y limita la eliminación automática del diferimiento de las plusvalías latentes
El Tribunal Supremo establece que la cláusula antiabuso del artículo 96.2 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades debe interpretarse conforme al principio de proporcionalidad. Confirmada la existencia de ventajas fiscales abusivas, la regularización debe dirigirse a la eliminación de tales ventajas, que deben estar identificadas en la liquidación. La regularización sólo podrá afectar al diferimiento de las plusvalías latentes cuando la Administración acredite, mediante una motivación reforzada, que éste es el principal objetivo perseguido con la operación.