Volver a Actualidad
NOTICIA
GA_P asesora a Giochi Preziosi en la adquisición de Muñecas Arias
GA_P ha asesorado a la juguetera italiana Giochi Preziosi, que ya es líder en España en fabricación y ventas tras adquirir Famosa en 2019, en la adquisición de otra histórica marca española, la compañía alicantina Muñecas Arias. Con esta adquisición, el grupo se refuerza en la categoría de muñecas a nivel europeo.
El Grupo Giochi Preziosi, multinacional italiana con más de 40 años de historia, es actualmente uno de los mayores actores europeos en la industria del juguete tradicional.
Han asesorado en la operación: Pablo Fernández Cortijo, socio de Mercantil, Mónica Ojeda, asociada de Mercantil, Mònica Montoro, PMA de Mercantil, Lourdes Escassi, Of Counsel de Laboral, Delia Castaños, Jesús Tallos, asociados de Laboral, Silvana Zarzar, asociada de Laboral, Isabela Crespo, asociada de Propiedad Industrial, Intelectual y Tecnología Elisa Gómez-Bernardo, asociada de Propiedad Industrial, Intelectual y Tecnología, Marta Rey y Ester Abascal, asociadas de Público.
El Grupo Giochi Preziosi, multinacional italiana con más de 40 años de historia, es actualmente uno de los mayores actores europeos en la industria del juguete tradicional.
Han asesorado en la operación: Pablo Fernández Cortijo, socio de Mercantil, Mónica Ojeda, asociada de Mercantil, Mònica Montoro, PMA de Mercantil, Lourdes Escassi, Of Counsel de Laboral, Delia Castaños, Jesús Tallos, asociados de Laboral, Silvana Zarzar, asociada de Laboral, Isabela Crespo, asociada de Propiedad Industrial, Intelectual y Tecnología Elisa Gómez-Bernardo, asociada de Propiedad Industrial, Intelectual y Tecnología, Marta Rey y Ester Abascal, asociadas de Público.
Abogado mencionado
Pablo Fernández Cortijo – Socio
Lourdes Escassi – Counsel
Ver todos los abogados
Ver menos abogados
Tipología
Operación
Contacto para prensa
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
PUBLICACIÓN
04 Mar, 2026
Las menciones sobre la administración de un complemento alimenticio como declaraciones de propiedades saludables
El Reglamento (CE) 1924/2006 define como declaraciones de propiedades saludables cualquier mensaje que vincule un alimento con la salud, entendido este vínculo en sentido amplio por el Tribunal de Justicia. Las indicaciones sobre frecuencia o vía de administración de complementos alimenticios pueden constituir tales declaraciones cuando sugieren beneficios para la salud. En las declaraciones de reducción de riesgo de enfermedad, la advertencia obligatoria no requiere literalidad, aunque debe transmitir el mismo mensaje y ubicarse donde sea fácilmente accesible para el consumidor.
PUBLICACIÓN
04 Mar, 2026
¿Se puede pactar en un arrendamiento una cláusula de prórroga indefinida en favor del arrendatario?
Aunque no lo dice claramente, y parece sostener la validez de la cláusula, la sentencia implícitamente declara inefectiva la cláusula de prórroga indefinida y aplica las normas del usufructo.
PUBLICACIÓN
03 Mar, 2026
Subida del salario mínimo interprofesional y compensación de percepciones salariales
Pese a que existe un acuerdo con las organizaciones sindicales en sentido contrario, la norma que aprueba el incremento del salario mínimo interprofesional no impide compensar esta subida con otras cantidades salariales. Lo afirmó la jurisprudencia nacional y podría derivarse de algunas sentencias europeas. Por el momento, nada cambia.
PUBLICACIÓN
03 Mar, 2026
La limitación de la patente y el long arm del Tribunal Unificado de Patentes
Se analizan las disfunciones que se generan cuando se demanda ante el Tribunal Unificado de Patentes por infracción de una patente unitaria y, a la vez, por infracción de la validación de la patente europea de base en Estados que no son parte del Acuerdo sobre un Tribunal Unificado de Patentes y el demandante limita únicamente la patente unitaria (porque el demandado sólo entabla una acción reconvencional de nulidad de la patente unitaria ante dicho tribunal, pero no insta ningún procedimiento paralelo de nulidad ante el tribunal nacional competente contra las validaciones de la patente europea de base en los Estados que no son parte de dicho acuerdo).
PUBLICACIÓN
03 Mar, 2026
Bloqueo de cuentas y cobro de comisiones por una entidad bancaria: inexistencia de competencia desleal
PUBLICACIÓN
02 Mar, 2026
El long arm del Tribunal Unificado de Patentes basado en el «hecho causal de la infracción» y consideraciones sobre la aplicación de la lex loci protectionis
Se analiza la Resolución de la División Local de Mannheim de 2 de octubre del 2025 en la que el Tribunal Unificado de Patentes (TUP) se basa en el envío de productos desde territorio TUP por la empresa que consta como representante autorizado en los marcados CE y UK como el hecho causal que justifica su jurisdicción. Además, aunque el Derecho aplicable respecto a la infracción de la patente europea validada en Estados que no son parte del acuerdo de creación de dicho tribunal es el Derecho nacional de esos Estados, con respecto al alcance de protección de la patente, el tribunal impone al demandado ―de forma indebida― la carga de probar las peculiaridades del Derecho nacional.
PUBLICACIÓN
02 Mar, 2026
La persona física representante de la persona jurídica administradora frente a la calificación concursal
Interesante resolución, que es una primicia y que grava a la persona física con las consecuencias de un concurso culpable
PUBLICACIÓN
26 Feb, 2026
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha publicado la relación de operadores principales en los mercados de telefonía fija y móvil
Publicación por la CNMC de la relación de los operadores principales que son los cinco que tienen mayores cuotas de mercado en los mercados de telefonía fija y móvil. Para ello se toma en cuenta el número de líneas de los abonados correspondientes a los servicios telefónicos fijo y móvil
PUBLICACIÓN
26 Feb, 2026
El Tribunal Supremo respalda la fijación por las autoridades de competencia del alcance y la duración de las prohibiciones de contratar
El Tribunal Supremo ha fijado jurisprudencia confirmando que las autoridades de competencia tienen la facultad de acordar y modular en sus resoluciones el alcance y la duración de las prohibiciones de contratar derivadas de sanciones firmes por falseamiento de la competencia. Las sentencias ponen fin a la discusión jurídica existente y confirman la reciente práctica de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y de la Autoritat Catalana de la Competència.