¿Tiene el proveedor la obligación de proteger al distribuidor exclusivo frente a las ventas activas de los distribuidores de otros territorios?
Según la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la protección del distribuidor exclusivo frente a las ventas activas de los distribuidores de otros territorios es requisito para que la prohibición de ventas activas esté exenta conforme al Reglamento (UE) 330/2010, de Exención por Categorías de Acuerdos Verticales. La abogada general Medina también indica cómo debe implementarse esa protección. De confirmar lo anterior dicho tribunal, las consecuencias prácticas se extienden igualmente al ámbito de aplicación del actual Reglamento de Exención por Categorías del 2022.
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Íñigo Igartua – Socio
Andrea Díez de Uré – Asociada Sénior
Análisis