Recargo de prestaciones con culpa del trabajador en la causación del accidente
16 de octubre, 2010
El recargo de prestaciones es institución compleja, de no fácil encuadre en el sistema de responsabilidades por accidente de trabajo. Su presupuesto es fácil de comprender, aunque no su naturaleza jurídica (¿sanción?; ¿indemnización?): accidente de trabajo causado por omisión de las medidas de seguridad. Qué es un accidente laboral es cuestión resuelta en el art. 115 LGSS y en la numerosa jurisprudencia que lo interpreta y aplica en un sentido amplio. Ahora bien, cuáles son las obligaciones susceptibles de ser infringidas es cuestión abierta que la práctica ha demostrado ser de acotar imposible habida cuenta la amplitud de la obligación de protección que se desprende del art. 14 LPRL y de los miles de normas jurídico-preventivas y otras (seguridad de máquinas, seguridad en el producto, importaciones, embalado, suministros, transportes, medio ambiente ), que resultan de aplicación, además de las llamadas «normas jurídico-técnicas» impuestas por instituciones privadas acreditadas (AENOR, ISO, UNE, etc.).
Recargo de prestaciones con culpa del trabajador en la causación del accidente