El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales y nulos determinados preceptos de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, incorporados a través del artículo 3 Primero, apartados Uno y Dos, del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, al considerar que se ha producido una vulneración del artículo 86.1 CE ante la indebida utilización de la figura del real decreto-ley para regular tales cuestiones.