De acuerdo con la legislación europea, los Estados miembros disponen de una facultad para limitar la obligación del pago de créditos a los trabajadores por parte de las instituciones públicas de garantía en caso de insolvencia del empresario. El Tribunal de Justicia avala la conformidad de una norma nacional (derecho búlgaro) que restringe la protección, por parte de dichas instituciones de garantía, a aquellas relaciones laborales que no hayan sido extinguidas en los tres meses anteriores a la declaración de insolvencia empresarial o concurso.