La Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, presenta cuatro partes bien diferencias y que, en concreto, son las siguientes:1) La referida al contenido propio del título de la Ley, contenida en su Título II, en la que regula un nuevo sistema de actuaciones integradas sobre el medio urbano para acometer su rehabilitación, regeneración y renovación.
2) La regulación del nuevo Informe de Evaluación de Edificios, al que se dedica el Título I de la Ley.
3) La modificación sustancial del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo, contenida en su disposición final duodécima. Estas modificaciones son de tanto calado que puede afirmarse que nos encontramos ante una «nueva Ley de Suelo estatal».
4) Por último, la Ley modifica una serie de normas que poco o nada tienen que ver con el contenido material propio de la Ley.