La ineficacia de la sorpresiva aparición ex post de notificaciones tributarias
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en aplicación del criterio del Tribunal Supremo, recuerda que, habiéndose anulado la providencia de apremio por la inexistencia de notificación, los recursos frente a tal providencia no producen efectos interruptivos, y concluye que la posterior completación del expediente apareciendo ex post dicha notificación no rehabilita el efecto interruptivo de la prescripción de dicha notificación antes inexistente.
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Rocío Arias – Counsel
Adrián Boix – Asociado Sénior
Remedios García – Counsel
Saturnina Moreno – Consejera Académica
Litigación Tributaria