La distribución selectiva de productos de lujo y la prohibición de venta en plataformas electrónicas de terceros
15 de diciembre, 2017
1. Preliminar
El Tribunal de Justicia acaba de dictar una importante sentencia con notables implicaciones para los operadores económicos en el sector de los productos de lujo. Se trata de la Sentencia de 6 de diciembre del 2017, pronunciada en el asunto C-230/16, Coty Germany GmbH y Parfümerie Akzente GmbH. En ella, el Tribunal de Justicia analiza dos grandes cuestiones: primera, si el establecimiento de un sistema de distribución selectiva para preservar la imagen de los productos de lujo y de prestigio constituye una práctica colusoria contraria al derecho de defensa de la competencia, y segunda, si son lícitas las cláusulas contractuales en las que se prohíbe a los distribuidores de productos de lujo integrados en una red de distribución selectiva la venta de los productos en plataformas electrónicas de terceros.
La distribución selectiva de productos de lujo y la prohibición de venta en plataformas electrónicas de terceros