Las empresas que asignan números telefónicos están obligadas a ceder sus datos a otras empresas de los Estados miembros para la prestación de servicios de información, sin necesidad de solicitar consentimiento expreso y diferenciado a los abonados titulares de esos datos que ya hubieran consentido tal uso (Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de marzo del 2017, asunto C-536/15, Tele 2 Netherlands BV, Ziggo BV y Vodafone Libertel BV frente a Autoriteit Consument en Markt, ACM).El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acaba de pronunciar su Sentencia de 15 de marzo del 2017 en el asunto C-536/15, Tele 2 (Netherlands) BV, Ziggo BV y Vodafone Libertel BV frente a Autoriteit Consument en Markt (ACM), en la que resuelve una cuestión prejudicial sobre la negativa de varias empresas holandesas a facilitar datos sobre abonados al servicio telefónico a una empresa belga dedicada a la prestación de servicios de información…