El Tribunal Constitucional, en su Sentencia de 26 de octubre del 2021, ha declarado inconstitucionales y nulos los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2a y 107.4 del TRLRHL, impidiendo así la determinación de la base imponible del impuesto municipal de plusvalía y, por tanto, su liquidación, comprobación, recaudación, revisión y, en definitiva, su exigibilidad.