El precio del «honor» de la empresa ante denuncias infundadas del trabajador en portales de internet o en redes sociales
18 de septiembre, 2024
La empresa deberá ser indemnizada por vulneración del derecho al honor cuando el trabajador incluya afirmaciones o expresiones peyorativas en internet o en redes sociales que afecten a la probidad o ética en el desempeño de la actividad empresarial, siendo la cantidad proporcional al daño moral sufrido.