El plazo máximo para resolver el procedimiento sancionador tributario no se suspende durante las actuaciones complementarias
7 de octubre, 2019
El TS ha anulado el apdo. 4 del art. 25 del Reglamento General del RST, que preveía la suspensión del procedimiento sancionador cuando el órgano competente para liquidar ordenase completar el expediente mediante actuaciones complementarias.