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El «deber jurídico de soportar el daño» extracontractual
A propósito de un concepto no definido en los artículos 32.1 y 34.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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Autor/es
Ángel Carrasco – Consejero Académico
Tipología
Análisis