Deducción de los gastos publicitarios para difundir acontecimientos de interés público: cambio de criterio del Tribunal Supremo
29 de septiembre, 2021
El Tribunal Supremo modifica su criterio anterior respecto a la forma de calcular la deducción del 15 % de los gastos de propaganda y publicidad para difundir acontecimientos de excepcional interés público prevista en el art. 27 de la Ley 49/2002.