La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) emite un comunicado en relación con la toma de temperatura por parte de comercios, centros de trabajo y otros establecimientos y hace referencia al uso de cámaras térmicas, las cuales, deben ser utilizadas prestando especial atención a los principios de limitación de finalidad y minimización de datos establecidos en la normativa de protección de datos.