La cuantía, como uno de los factores que considerar en la tasación de costas, no es la fijada por el consumidor en la demanda, sino la establecida en el proceso. En consecuencia, si es indeterminada, serán aplicables los límites impuestos en el artículo 394.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que no vulneran el principio de efectividad.