Aplicación por la Comisión Nacional del Mercado de Valores de las directrices de desarrollo del Reglamento MiCA
La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha comunicado a la Autoridad Europea de Valores y Mercados que ha adoptado las cinco directrices de desarrollo del Reglamento MiCA de forma que supervisará su aplicación en España en materias como los servicios de transferencia de criptoactivos, la aplicación del MiCA a empresas de terceros países, los requisitos de idoneidad en el asesoramiento y gestión de carteras, los formularios de emisión y admisión a negociación, la clasificación de los criptoactivos a efectos de la aplicación del MiCA y los sistemas y protocolos TIC para tokens distintos de los referenciados a activos y de los de dinero electrónico.
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Reyes Palá – Consejera Académica
Análisis

