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NOTICIA
Pablo Muelas y Eduardo Gómez de la Cruz «Competencia en el sector asegurador: pasado y futuro» – El Confidencial
Pablo Muelas socio de Seguros y Eduardo Gómez de la Cruz Of counsel de Competencia de Gómez-Acebo & Pombo, han colaborado en la redacción de una tribuna de opinión para El Confidencial que versa en torno a la investigación de la CNMC a las aseguradoras “para garantizar la competencia”, artículo que ofrece una buena excusa para reflexionar si, como parece apuntar, este ámbito de actividad tiene «problemas de competencia». Según apuntan los autores, la tecnología aplicada a los seguros introduce elementos revolucionarios, como el uso de ‘big data’ para adaptar las primas acelerará la creación de externalidades, así como herramientas que permiten efectuar cálculos dinámicos de probabilidad individualizados, entre otros.
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Abogado mencionado
Eduardo Gómez de la Cruz – Counsel
Contacto para prensa
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Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
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Hace 3 días
Mutualista «versus» asegurado en el régimen mutual de la abogacía
La condición de mutualista sujeto al principio colegial democrático se impone a la condición de asegurado y a la aplicación del régimen contractual de cláusulas limitativas
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Hace 1 semana
¿Cómo afecta a las aseguradoras la ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela?
La Ley 10/2025 modifica la Ley 44/2002 y obliga a actualizar el reglamento del servicio de atención a la clientela. Entra en vigor el 28/12/2025, con doce meses de adaptación. Refuerza la accesibilidad y la atención personalizada; prohíbe contestadores y desvíos desde números gratuitos a líneas de pago. Exige separar el servicio de atención a la clientela de funciones comerciales y de la formación especializada del personal, incluida la atención a los colectivos vulnerables. Además, amplía la información al cliente, prohíbe reclamar por teléfono y permite lenguas cooficiales. Asimismo, establece acuse con clave identificativa y nuevas inadmisiones; fija el plazo de un mes para resolver las reclamaciones en el servicio de atención a la clientela y de noventa días ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y precisa los requisitos de admisión.
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19 Jan, 2026
El gobierno exigirá a las aseguradoras un plan de choque para evitar las quiebras
Noticia sobre el Anteproyecto de Ley aprobado por el Consejo de Ministros, para poder imponer a las compañías de seguros un plan de choque cuando sufran crisis de liquidez que cuestionen su viabilidad
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19 Jan, 2026
Carácter limitativo de la cláusula que excluye, por no haber pasado la ITV, la cobertura de los «daños propios» sufridos por el vehículo asegurado
La tomadora y asegurada en una póliza de seguro de automóviles de la modalidad «a todo riesgo» demandó a la aseguradora solicitando una indemnización por los daños sufridos por un vehículo asegurado como consecuencia de un incendio iniciado en el propio vehículo. La compañía se opuso a esta pretensión alegando, de un lado, que en las condiciones generales de la póliza (cláusula 3.23.e) se excluían de la cobertura del seguro voluntario los daños causados cuando se hubiera producido un «incumplimiento de las obligaciones legales de orden técnico relativas al estado de seguridad del vehículo» y aduciendo, de otro, que no haber realizado en tiempo la preceptiva Inspección Técnica de Vehículos (ITV) constituía un incumplimiento de este tipo.
La demanda fue desestimada en primera y en segunda instancia. Sin embargo, el Tribunal Supremo (STS 1783/2025, de 3 de diciembre [ECLI:ES:TS:2025:5439]) estimó el recurso de casación interpuesto por la actora. En sustancia la cuestión se centró en determinar si la mencionada cláusula 3.23.e era una mera estipulación delimitadora del riesgo o una disposición limitativa de los derechos del asegurado.
El Tribunal Supremo empezó por recordar que no existe una previsión legal que excluya la cobertura del riesgo asegurado por el hecho de que el vehículo asegurado no haya pasado la ITV en plazo (sin perjuicio de las consecuencias de carácter administrativo que pueda comportar tal omisión).
Seguidamente señaló que, según doctrina consolidada, las estipulaciones delimitadoras del riesgo tienen por finalidad definir el objeto del contrato, de modo que concretan qué riesgos constituyen dicho objeto, en qué cuantía, durante qué plazo y en que ámbito temporal. Esto es, se dirigen a individualizar y concretar la naturaleza del riesgo en coherencia con el objeto del contrato o con arreglo al uso establecido, siempre que no lo delimiten de forma contradictoria con las condiciones particulares del contrato o de manera infrecuente o inusual. Sin embargo, en el caso concreto la cláusula de las condiciones generales que la aseguradora esgrimió para rechazar la cobertura del siniestro no se refería a ninguno de estos extremos. Antes bien, una vez identificado en la póliza el riesgo asegurado (incendio de un determinado vehículo durante un determinado periodo temporal), la cláusula 3.23.e de las condiciones generales venía a supeditar la cobertura del siniestro al cumplimiento de las obligaciones legales de orden técnico relativas al estado de seguridad del vehículo. Por consiguiente, su efecto pretendido era condicionar o modificar el derecho del asegurado cuando el riesgo objeto del seguro se hubiera materializado en daños.
La Sentencia reseñada concluyó, por ello, que la estipulación cuestionada tenía carácter limitativo de los derechos del asegurado y que, por tanto, para su validez, debería haber figurado destacada de modo especial y haber sido aceptada específicamente por escrito (art. 3 de la Ley del Contrato de Seguro), lo que no había sucedido.
Blog de Competencia
09 Dec, 2025
La Audiencia Nacional refuerza las exigencias probatorias en las infracciones “por efectos”: anulación de la resolución de la CNMC en el caso Tabacos
En su sentencia de 11 de junio de 2025, con número de resolución 737/2025 (“la Sentencia”) (disponible aquí), el Tribunal Supremo aborda una cuestión de indudable interés para la aplicación del Derecho de la competencia en territorios insulares: el papel de la delimitación del mercado geográfico relevante en conductas colusorias calificadas como infracciones por el objeto.
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01 Dec, 2025
Farma & Salud N.º 46
Se recogen las principales novedades legislativas y jurisprudenciales en el sector de Farma & Salud.
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24 Nov, 2025
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea prohíbe la venta de ginebra sin alcohol con la etiqueta gin
Noticia sobre la sentencia del TJUE de 15 de noviembre del 2025 que establece que el término «gin» o «ginebra» queda estrictamente reservado para la bebida espirituosa tradicional, delimitando de forma estricta el uso de estas denominaciones en el ámbito comercial, de modo que las ginebras sin alcohol no podrán definirse ni comercializarse como ginebras
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14 Nov, 2025
La Comisión Europea multa con 157 millones de euros a las marcas de lujo GUCCI, CHLOÈ y LOEWE por imponer precios de reventa a sus distribuidores
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12 Nov, 2025
¿Hacia el punto final de los arbitrajes intra-UE bajo el artículo 26 del Tratado de Carta Energía?,
La Decisión (UE) 2025/1904 aprueba el Acuerdo entre la Unión y los Estados miembros que fija un entendimiento común: el artículo 26 del TCE nunca ha sido aplicable a los arbitrajes inversor- Estado intra-UE, por lo que no deben iniciarse nuevos casos, los tribunales arbitrales deben declararse incompetentes en los que estén conociendo y los laudos intra-UE son inexigibles.