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Los correos enviados por la empresa a la plantilla durante la negociación de un acuerdo colectivo no siempre vulneran la libertad sindical
Los correos enviados por la empresa a la plantilla durante un proceso de negociación no constituyen por sí solos injerencia antisindical ni presión ilegítima, toda vez que quedan enmarcados dentro de la libertad de expresión empresarial y en la legítima defensa de los intereses empresariales.
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