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«Incapacidad absoluta y permanente»: conviene redactar con precisión el clausulado del contrato de seguro
El riesgo de incapacidad absoluta y permanente recogido en el boletín de adhesión abarca la incapacidad para todo trabajo (cualquier trabajo), no únicamente para el que el asegurado venga desempeñando habitualmente; no se refiere, por tanto, a la incapacidad permanente total.
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