La incompatibilidad entre el ejercicio de profesiones sanitarias y los intereses en la fabricación y venta de medicamentos y productos sanitarios
El Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, prohíbe que profesionales sanitarios con capacidad de prescribir tengan intereses económicos directos en actividades relacionadas con medicamentos. Esta prohibición no alcanza a los intereses indirectos, según distingue el propio artículo 4 de dicho real decreto legislativo. La Sentencia núm. 483/2025 del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco concluye que la mera pertenencia a un grupo de sociedades no implica incompatibilidad si cada entidad mantiene autonomía real.
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Ángel García Vidal – Consejero Académico
Análisis