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El sistema de cálculo de pagos fraccionados para las grandes empresas en el impuesto sobre sociedades no vulnera el principio de capacidad económica
Para la mayoría del Pleno del Tribunal Constitucional, no existe ningún mandato constitucional derivado del principio de capacidad económica que exija la coincidencia en los criterios de cuantificación de la obligación tributaria principal y de la obligación tributaria a cuenta. Para cuantificar esta última obligación, autónoma y de carácter provisional, el legislador puede atender a criterios de técnica tributaria, simplificación o practicabilidad administrativa y establecer válidamente reglas de cuantificación de la renta obtenida más sencillas que para la obligación tributaria principal.
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